Leonardo Gerena, extitular del Sindicato de Trabajadores Municipales del distrito y funcionario, fue acusado de quedarse con casi $1,6 millones de los afiliados.
Defraudación por administración infiel, uso de documento falso y administración fraudulenta fueron los delitos que le imputaron a Leonardo Walter Gerena y por los cuales terminó condenado.
El fallo que el año pasado le había impuesto la jueza Correccional María Laura Pinto -tras un acuerdo de juicio abreviado entre las partes-, a tres años de prisión en suspenso (no irá a la cárcel), se acaba de confirmar en la Cámara Penal.
Al hombre se lo acusa de quedarse con casi 1,6 millones de pesos perteneciente a los afiliados y al Sindicato de Trabajadores Municipales de Villarino cuando era su titular, entre febrero de 2012 y septiembre de 2015.
Según la acusación del fiscal Gustavo Zorzano, que finalmente quedó probada, Gerena cometió el delito en su carácter de secretario general del gremio y mientras cumplía funciones como jefe de departamento en la secretaría de Gobierno comunal y delegado ante el Instituto de Previsión Social bonaerense.
La maniobra se concretó a través de la recepción, en una caja de ahorros a su nombre y el de Valeria Génova, de dinero retenido a afiliados en concepto de cuota sindical y otros rubros, por casi 1,5 millones de pesos.
Durante el mismo tiempo, a su vez, dispuso de 107.500 pesos pertenecientes al gremio, que la Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales depositó en dicha cuenta.
A fin de ocultar la maniobra, el 22 de septiembre de 2015 -al concretarse el traspaso de autoridades sindicales tras la elección-, Gerena fraguó la documentación.
Hizo uso de balances con opinión favorable del contador Carlos Laguzzi (fallecido) de los ejercicios 2013/2014, pero que contenían «datos espurios y omisiones fraudulentas», así como dictámenes de la Comisión Revisora de Cuentas «que eran falsos y hacían referencia a datos irreales» porque adulteró firmas.
Apelación rechazada
El abogado Leonardo Gómez Talamoni recurrió a la Cámara contra el fallo condenatorio a Gerena, pero la Sala I (votos de Gustavo Barbieri y Pablo Soumoulou) rechazó los argumentos y confirmó la sentencia.
Para la defensa, el acusado no era funcionario en aquel momento (se tomó como agravante) sino que había estado durante un corto periodo en la oficina de Faltas, pero sin cargo.
También consideró fragmentada y relativa la valoración de la prueba y opinó que no había «convicción suficiente» para una condena.
La Cámara destacó que mal puede su abogado quejarse de las agravantes para cuantificar la pena cuando las mismas fueron contempladas en el acuerdo de juicio abreviado acordado con el acusado y las partes.
Por otro lado, resaltó que sí era funcionario, a partir de las copias del legajo personal incorporadas en la causa.
«Se observa que durante el período de tiempo en que se produjeron los hechos por los que fuera en definitiva condenado se desenvolvió como Jefe de Departamento en el ámbito de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Villarino y como Delegado Municipal ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires», detallaron los camaristas.
Desde esa perspectiva que los cargos «le exigían una mayor probidad y un actuar conforme a derecho», tal como se ponderó.
A su vez, la supuesta justificación del actuar indebido «no se condice» con la prueba reunida.
Por último Barbieri, con la adhesión de Soumoulou, destacó que la jueza hizo «un pormenorizado análisis de la prueba» que acreditaban el delito y la intervención de Gerena en el mismo como autor.