El Tribunal de Trabajo N° 5 de La Plata,  resolvió a favor de la  cautelar  presentada por el SOEMLP – Fe.Si.Mu.Bo solicitando la reincorporación de los 47 trabajadores despedidos injustificadamente el 20 de marzo pasado.

El Tribunal ordenó a la Municipalidad de La Plata, que en el plazo de 48 horas de cumplimiento a las disposiciones del Ministerio de Trabajo de la provincia y proceda a la reincorporación de los 47 trabajadores cesanteados del Servicio de Atención Telefónica, línea 147.

El Tribunal concedió cautelarmente la reincorporación de los 47 trabajadores despedidos de la línea municipal 147, el pago de la totalidad de los salarios caídos desde la cesantía dispuesta hasta el día de la fecha y que se fije audiencia a fin que el Municipio de La Plata y el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales se sienten a negociar la solución del conflicto.

Los trabajadores despedidos sin justificación fehaciente prestaban funciones en el Servicio de Atención Telefónica, denominada línea  «147» en el renombrado Edificio Inteligente de la ciudad de La Plata, ubicado en 532 y 119, uno de los accesos más importantes a la ciudad. Allí se brinda un servicio de atención sobre consultas, reclamos, sugerencias, denuncias, pagos de servicios municipales y actualmente sobre protocolos vínculos al COVID-19.

A partir del 23 de marzo, el SOEMLP comenzó a recibir a los trabajadores despedidos, que entre el 20 y 23 de marzo no habían podido ingresar a sus puestos de trabajo y esa fue la manera principal por la cual se enteraron de la cesantía, y en algunos casos fueron notificados telefónicamente. Cabe recordar que durante los primeros días del mes de enero de este año, ocurrió algo similar, cuando también fueron despedidos trabajadores del área y a través de la intervención del Ministerio de Trabajo fueron reincorporados.

El Sindicato hizo la denuncia correspondiente ante el Ministerio de Trabajo provincial que emitió la Disposición 231 calificando la situación como Conflicto Colectivo de Trabajo ordenando abrir la instancia de conciliación obligatoria entre las partes e intimar a las mismas a retrotraer la situación a la fecha anterior al inicio del conflicto. El organismo convoco a tres audiencias, dos de forma virtual y la última de manera presencial a las cuales el Municipio de La Plata no se presentó y no cumplió con las disposiciones emitidas de retrotraer la situación y reincorporar a los trabajadores despedidos.

El Tribunal de Trabajo N°5 hizo lugar a lo solicitado por el Sindicato respecto a los despidos, entendiendo como una consecuencia lógica de la obligación impuesta por la autoridad administrativa provincial al Municipio, y que se encuentra incumplida. Además agregó que se acredita a la existencia de un daño grave, ello porque «si se tiene en cuenta el carácter alimentario del salario, medio de subsistencia del trabajador y su grupo familiar, el cual goza -por ello- de una particular y férrea protección, pudiendo citarse en tal sentido el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, el Convenio N° 95 de la Organización Internacional del Trabajo, el artículo 39 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, el título IV del capítulo IV de Ley 20.744 y el artículo 53 bis de la ley 11.653».

“La resolución establece que el Municipio tiene la obligación de pagar de salarios adeudados, desde el inicio del conflicto y en caso de no cumplir deberá pagar sumas millonarias por incurrir en ello. La falta de acatamiento ante el Ministerio y el desinterés de Garro por los trabajadores lleva al municipio de La Plata a este tipo de situaciones. Realizamos ollas populares para llevar un plato de comida a las familias de los trabajadores que hace más de dos meses que se encuentran en una situación desesperante”, expresó Gustavo Hernández, Sec. Gral. SOEMLP- Fe.Si.Mu.Bo.

Rubén García, titular de la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses, a la cual se encuentra adherido el gremio local, también denunció al intendente de La Plata, Julio Garro por los despidos de los trabajadores del servicio de atención telefónica. “El jefe comunal desobedeció la conciliación obligatoria dictada por la cartera laboral provincial en el contexto de un conflicto, que en su momento ordenó la reincorporación de esos trabajadores. Ahora debe cumplir un fallo de la justicia y aun no lo ha hecho”, sentenció Rubén García.

 

Fuente:http://www.lineasindical.com.ar/justicia-fallo-favor-trabajadores-municipales-n-1605163.html?fbclid=IwAR19P_6fLYMhEkfcOhQUDh15ha4pn4xw05DRyuu7lbR4oU83SLXxVdsltyo